Una joven de 21 años murió al ser lanzada sin cuerda de seguridad desde 40 metros de altura en el puente del Esqueleto, en Limeira, Brasil. Tres operarios fueron encarcelados por homicidio culposo tras una investigación judicial que reveló falta de protocolos, ausencia de supervisión técnica y desorganización operativa. El caso ha reabierto el debate sobre la regulación del turismo de aventura en Brasil.
¿Qué ocurrió exactamente en el puente del Esqueleto?
El sábado 13 de junio de 2026, Maria Eduarda Rodrigues de Freitas, instructora de gimnasio, pagó por una experiencia de puenting en el puente del Esqueleto. No llevaba arnés certificado, ni sistema de doble anclaje, ni supervisor técnico presente. Los tres operarios la lanzaron con los brazos en cruz, sin verificar su sujeción.
El vídeo del salto se volvió viral minutos después. Mostraba la total ausencia de control de seguridad previo, verificación de equipo y coordinación entre personal.
¿Por qué los operarios fueron encarcelados preventivamente?
El juez aplicó la prisión preventiva bajo la figura de homicidio culposo agravado, al constatar que:
- No existía un plan de riesgos registrado para la actividad.
- Ninguno de los tres tenía certificación en seguridad de actividades aéreas.
- No se realizó chequeo de equipo ni registro de inspección diaria.
- La empresa carecía de licencia municipal ni federal para operar en el puente.
La falta de responsabilidad objetiva y la ausencia de formación técnica fueron determinantes en la decisión judicial.
¿Qué responsabilidades legales tiene el Ayuntamiento de Limeira?
El Ayuntamiento de Limeira anunció una denuncia contra el Gobierno federal brasileño, alegando omisión administrativa. Desde enero de 2025, habían solicitado formalmente la regulación técnica del puente, la instalación de barreras físicas y la prohibición de actividades no autorizadas.
No hubo respuesta federal. El puente carece de normativa específica para turismo de aventura, ni de fiscalización por parte del INMETRO o el Ministerio del Turismo.
Datos Clave
- La caída fue desde 40 metros de altura.
- La víctima sufrió parada cardiorrespiratoria inmediata.
- No se detectó certificación técnica ni seguro de responsabilidad civil de la empresa.
- El puente del Esqueleto no está incluido en el Registro Nacional de Infraestructuras Turísticas de Aventura.
- El Ayuntamiento de Limeira carece de competencia legal para sancionar actividades federales en puentes de jurisdicción nacional.
¿Cuál es el impacto económico y regulatorio del caso?
El turismo de aventura genera más de R$ 2,3 mil millones anuales en Brasil, según el Ministerio del Turismo. Sin embargo, el 78 % de las empresas operan sin licencia de seguridad ni auditoría externa.
Este caso ha activado una alerta nacional. El Consejo Nacional de Turismo (CNTUR) ya prepara una propuesta de Ley Marco de Seguridad en Actividades de Aventura, que exigirá:
- Certificación obligatoria de instructores ante el Consejo Federal de Educación Física (CONFEF).
- Registro único de infraestructuras con evaluación anual de riesgos.
- Seguro de responsabilidad civil mínimo de R$ 500.000 por actividad.
La tragedia también ha afectado al sector local: al menos 12 empresas de puenting en São Paulo han suspendido operaciones tras inspecciones sorpresa del Departamento Estadual de Fiscalización Turística.
Marco legal actual
- Brasil no cuenta con una ley específica de puenting.
- La actividad se regula de forma residual bajo la Ley General de Turismo (Lei 11.771/2008) y el Código Penal (Art. 121).
- La responsabilidad civil recae directamente sobre los operadores, no sobre las plataformas de reserva o intermediarios.
- El INMETRO no certifica equipos de puenting, pues no existen normas técnicas oficiales para su evaluación.
