El Tribunal Supremo ha anulado una restricción clave de la reforma de extranjería de 2024. Ahora, las empresas de trabajo temporal (ETT) pueden volver a realizar contratación en origen: buscar, seleccionar y traer trabajadores extranjeros a España para empleos temporales. Esta decisión afecta directamente a sectores como la agricultura, la construcción y la hostelería. Resuelve una laguna legal y reactiva un mecanismo clave para cubrir la escasez de mano de obra cualificada y estacional.
¿Qué implica la sentencia del Tribunal Supremo para las ETT?
La sentencia del Supremo declara nula la prohibición impuesta en 2024 a las ETT de ejercer la contratación en origen. El Gobierno había argumentado que esta práctica generaba riesgos de explotación. Pero el alto tribunal consideró que la medida carecía de cobertura legal suficiente y de una justificación técnica y proporcional.
El fallo no restablece el régimen anterior sin condiciones. Exige que las ETT cumplan con los requisitos de la Ley de Extranjería, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la normativa sobre subcontratación. También refuerza la responsabilidad solidaria de las empresas usuarias.
¿Qué sectores se benefician más con esta decisión?
- La agricultura intensiva, especialmente en zonas como Lleida o Almería, depende de temporeros de Marruecos, Rumanía o Ucrania.
- La construcción necesita perfiles especializados escasos en el mercado nacional.
- La hostelería estacional en zonas turísticas reclama personal bilingüe y flexible.
- El sector logístico también ha recurrido a esta fórmula para cubrir picos de demanda.
¿Cómo funciona la contratación en origen tras la sentencia?
La contratación en origen es un procedimiento regulado por el Real Decreto 138/2022 y los programas GECCO (Gestión Colectiva de Contrataciones en Origen). Las ETT actúan como intermediarias autorizadas: firman contratos con trabajadores en su país de origen, gestionan visados, traslados, alojamiento y cumplimentan la documentación ante la Inspección de Trabajo y la Dirección General de Migraciones.
¿Qué obligaciones asumen las ETT ahora?
- Garantizar el alojamiento digno y su inspección periódica.
- Asegurar la afiliación a la Seguridad Social desde el primer día.
- Cumplir con la igualdad salarial y las condiciones del convenio colectivo aplicable.
- Reportar datos reales al sistema GECCO para evitar dobles contrataciones.
¿Cuál es el impacto económico real de esta sentencia?
En 2025, los programas GECCO movilizaron 25.767 trabajadores extranjeros bajo contratación en origen. El 68 % se destinó a agricultura, el 19 % a construcción y el 11 % a servicios. Según el Ministerio de Inclusión, esta fórmula evitó la paralización de al menos 120 explotaciones agrícolas en Cataluña y Andalucía.
El retorno fiscal es tangible: cada trabajador contratado bajo GECCO genera, en promedio, 1.850 € anuales en cotizaciones a la Seguridad Social. Además, reduce la economía sumergida, ya que el 92 % de los contratos GECCO están registrados frente al 41 % de los contratos temporales no gestionados en origen.
¿Qué marco legal regula ahora la contratación en origen?
- El Real Decreto 138/2022, modificado por la sentencia del Supremo.
- La Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros.
- El Estatuto de los Trabajadores, especialmente en materia de subcontratación.
- La Directiva 2014/67/UE sobre desplazamiento de trabajadores.
Datos Clave
- La sentencia del Tribunal Supremo anula la prohibición de 2024 a las empresas de trabajo temporal para hacer contratación en origen.
- En 2025, los programas GECCO incorporaron a 25.767 trabajadores extranjeros, principalmente en agricultura.
- Las ETT deben garantizar alojamiento digno, afiliación inmediata a la Seguridad Social y igualdad salarial.
- El 92 % de los contratos GECCO están registrados, frente al 41 % de los contratos temporales no gestionados en origen.
- El fallo exige al Gobierno una nueva regulación con cobertura legal sólida y justificación técnica proporcional.
