El subsidio para mayores de 52 años, una de las ayudas más relevantes del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ha experimentado cambios significativos que afectan a su duración y condiciones. Esta prestación, que se mantiene en 480 euros mensuales, está diseñada para apoyar a aquellos desempleados que han acumulado suficientes cotizaciones para acceder a una pensión contributiva de jubilación, pero que aún no han alcanzado la edad legal para jubilarse.
Una de las características distintivas de este subsidio es que cotiza para la jubilación. Esto significa que, a través de este subsidio, se realiza una cotización equivalente al 125% de la base mínima vigente, que está vinculada al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2025, con un SMI de 1.381,33 euros mensuales, la base de cotización se establece en 1.726,66 euros mensuales. Esta cotización se considera para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación, lo que puede resultar beneficioso para los beneficiarios a largo plazo.
La duración del subsidio también ha sido objeto de cambios. Según la normativa actual, el subsidio se mantendrá hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria para acceder a la pensión contributiva de jubilación, que en 2025 es de 66 años y 8 meses, salvo que se hayan acumulado 38 años y tres meses de cotización, en cuyo caso se puede jubilar a los 65 años. Esto significa que los beneficiarios pueden recibir esta ayuda durante un periodo prolongado, siempre que cumplan con los requisitos de cotización.
Para acceder a este subsidio, es necesario haber acumulado al menos 15 años de cotización en cualquier régimen de la Seguridad Social, de los cuales dos deben estar dentro de los últimos 15 años. Además, se exige un mínimo de seis años cotizados en el Régimen General. Esto implica que aquellos que han trabajado como autónomos y no han cotizado en el Régimen General no podrán acceder a este subsidio, a pesar de haber trabajado durante muchos años.
Otro aspecto importante es la obligación de rendir cuentas anualmente al SEPE. Los beneficiarios deben presentar la Declaración Anual de Rentas (DAR) para demostrar que continúan cumpliendo con los requisitos de carencia de rentas. Este proceso es diferente de la declaración de la Renta o IRPF y se lleva a cabo entre el 2 de abril y el 30 de junio de cada año.
La reciente subida del SMI también ha tenido un impacto en las condiciones de acceso al subsidio. Para poder acceder a esta ayuda, los solicitantes no deben superar un límite de ingresos equivalente al 75% del SMI. Con el nuevo SMI de 1.184 euros mensuales, el límite de ingresos se establece en 888 euros al mes, lo que amplía el margen de ingresos permitido y potencialmente permite que más personas desempleadas puedan beneficiarse de esta ayuda.
La normativa anterior obligaba a los beneficiarios a aceptar su jubilación anticipada si cumplían con los requisitos para ello, lo que a menudo resultaba en la pérdida de derechos al jubilarse antes de la edad ordinaria. Sin embargo, con la modificación reciente, los beneficiarios ahora tienen la opción de elegir entre continuar recibiendo el subsidio hasta alcanzar la edad legal de jubilación o jubilarse anticipadamente, lo que les otorga mayor flexibilidad en la gestión de su situación laboral y financiera.
En resumen, el subsidio para mayores de 52 años se presenta como una herramienta crucial para apoyar a aquellos que se encuentran en una situación laboral complicada. Con las recientes reformas, se busca no solo facilitar el acceso a esta ayuda, sino también garantizar que los beneficiarios puedan mantener sus derechos de jubilación, adaptándose a las necesidades cambiantes del mercado laboral y las condiciones económicas actuales.