El Gobierno ha propuesto ampliar el plazo alta y baja trabajador en la Seguridad Social de tres a seis días hábiles. Esta medida busca reducir la presión sobre gestores sociales y empresas ante trámites urgentes. También introduce flexibilidad en el aplazamiento de deudas con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), especialmente para importes menores a 150.000 euros. La reforma está en fase de audiencia pública hasta el 22 de abril de 2026.
¿Por qué se amplía el plazo para altas y bajas en la Seguridad Social?
El plazo actual de tres días hábiles se considera insuficiente para garantizar la exactitud y legalidad de los trámites. Muchas empresas, especialmente pymes y autónomos con asesoría externa, enfrentan retrasos por coordinación interna o errores administrativos. La ampliación a seis días hábiles reduce el riesgo de sanciones por incumplimiento y mejora la calidad de los registros.
Impacto en la gestión laboral diaria
Los gestores sociales reportan que hasta un 22 % de las bajas se notifican con retraso bajo el régimen actual. Con seis días, se espera una reducción del 40 % en infracciones leves. Esto también alivia la carga en la TGSS, que procesa más de 1,2 millones de altas y bajas mensuales.
¿Qué implica el nuevo régimen de aplazamiento de deudas?
La reforma modifica el umbral para solicitar aplazamientos sin garantías adicionales. Ahora, las deudas inferiores a una vez el SMI (1.830 euros en 2026) pueden aplazarse sin requisitos adicionales. Antes, el límite era el doble del SMI.
Cambios clave para deudas entre 1.830 y 150.000 euros
- El deudor debe abonar al menos un tercio de la deuda en los primeros 10 días.
- El resto puede fraccionarse hasta en 36 meses.
- Se elimina la exigencia de aval bancario para este rango.
- La TGSS podrá aceptar el aplazamiento incluso si hay deudas anteriores no resueltas, siempre que no superen los 5.000 euros.
¿Cuál es el marco legal y el estado actual de la reforma?
El texto se articula mediante un proyecto de Real Decreto que modifica el Reglamento General sobre inscripción, afiliación y variaciones de datos en la Seguridad Social. Está abierto a alegaciones hasta el 22 de abril de 2026. Luego pasará por el Consejo de Ministros y el Congreso de los Diputados.
Riesgos de bloqueo político
La reforma requiere mayoría simple en el Congreso. Su aprobación depende de acuerdos con partidos como Sumar y ERC. Sin apoyos suficientes, podría ser archivada o sometida a enmiendas sustanciales, especialmente en lo relativo a los plazos de control de cumplimiento.
¿Cómo afecta esta reforma al tejido económico español?
El cambio beneficia especialmente a las pymes y los autónomos, que representan el 99,8 % de las empresas españolas. Según datos del Ministerio de Trabajo, el 63 % de las sanciones por retrasos en altas y bajas corresponden a empresas con menos de 10 empleados. La flexibilidad en deudas también reduce la morosidad estructural: el 78 % de los impagos menores a 150.000 euros provienen de pequeñas y medianas empresas.
Datos Clave
- El plazo para alta y baja trabajador pasa de 3 a 6 días hábiles.
- El umbral para aplazamiento sin garantías baja de 2 × SMI a 1 × SMI.
- Para deudas ≤ 150.000 euros, se exige abonar un tercio en 10 días.
- La reforma está en audiencia pública hasta el 22 de abril de 2026.
- Su entrada en vigor depende de la aprobación parlamentaria y no tiene fecha fija.
La reforma responde a una necesidad real de adaptación administrativa. No relaja los derechos de los trabajadores, sino que optimiza los mecanismos de cumplimiento. En un contexto de alta rotación laboral y creciente digitalización de trámites, la flexibilidad en plazos y deudas fortalece la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social sin comprometer la protección social.
